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miércoles, 31 de diciembre de 2014

INFORMACIÓN SOBRE APLICACIÓN ART.34 AL PERSONAL DE CARREFOUR.

Según el artículo 34.2 del Et., se puede modificar una jornada siempre que no supere el 10% de la
misma, y deja potestad a los sindicatos, para negociar  o facilitar su ejecución  mediante el convenio colectivo. NO TENEMOS QUE RECORDAR QUIENES NEGOCIARON Y FIRMARON EL CONVENIO

ET. Artículo 34. Jornada
2. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por  acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada de trabajo.
Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley y el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquélla.
La compensación de las diferencias, por exceso o por defecto, entre la jornada realizada y la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo legal o pactada será exigible según lo acordado en convenio colectivo o, a falta de previsión al respecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En defecto de pacto, las diferencias derivadas de la distribución irregular de la jornada deberán quedar compensadas en el plazo de doce meses desde que se produzcan.
Y GRACIAS A LOS FIRMANTES nuestro Convenio Colectivo incluso empeora más si cabe  el contenido de este artículo, ya que le da potestad a la empresa para aplicarlo sin argumentar la necesidad.
Convenio colectivo, Art. 27. Distribución de la jornada.
1. La distribución de la jornada se efectuará a nivel de empresa con carácter general.
Durante el primer trimestre del año natural, o en el momento que este establecido a nivel de empresa, las empresas facilitarán a los representantes legales de los trabajadores los modelos de cuadros horarios laborales generales anuales.
Como mínimo trimestralmente, o con la antelación y periodicidad que esté establecida por acuerdo a nivel de empresa, los trabajadores conocerán el momento en que deben prestar el trabajo, en dicha distribución se podrá tener en cuenta la mayor intensidad en la actividad comercial en determinados días de la semana y momentos del año, pudiendo ampliarse el número de horas ordinarias diarias, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.
2. De la jornada anual contratada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, y una vez ya distribuida, se podrá disponer del porcentaje de horas previsto legalmente.
La distribución de tales horas deberá respetar los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley, dando conocimiento al trabajador con un preaviso mínimo de siete días, del día y la hora de la prestación de trabajo.
A los presentes efectos, la disposición por parte de la empresa de este tiempo de trabajo se producirá, bien sin previsión de tal número de horas, o bien modificando en igual número las horas planificadas, siempre con el preaviso previsto en el párrafo anterior.
3. Efectuada la planificación de la jornada, las empresas la podrán variar para atender imprevistos como ausencias no previstas de trabajadores para su sustitución. La comunicación del cambio se efectuará en el mismo momento en el que la empresa conozca la existencia del imprevisto, y se dará cuenta a la representación legal de los trabajadores. La suma de estas horas y las contempladas en el punto anterior no podrán exceder anualmente del porcentaje contenido en el artículo 34.2 del ET.
Con este panorama  solo nos queda revisar que el contenido de las modificaciones se adapte a la Ley, cosa difícil ya que solo tenemos  tres meses de calendario para analizar y las modificaciones se deben basar en la jornada anual y aquí desconocemos como nos distribuirán la jornada en los nueve meses restantes.
No tenemos que recordaros, que en su momento advertimos de las consecuencias que nos podía acarrear la firma de este Convenio y aquí tenemos otro suma y sigue a añadir  a los atropellos que ha supuesto  este Convenio, que ampara todo lo vio oportuno recoger la empresa con la connivencia de sus departamentos sindicales.
Y aquellos que deberían dar respuesta siguen callados,………..
Sí decimos dar respuesta, porque a nuestro entender los trabajadores de Carrefour no merecemos  ser tratados de esta forma y la potestad de pedir las explicaciones oportunas, la tienen quienes  dieron carta blanca a la empresa para que pueda actuar de esta forma.

jueves, 8 de noviembre de 2012

Modificaciones Jornadas en Carrefour Cabrera

Se están realizando la entrega de los comunicados a los trabajadores afectados por la aplicación de los acuerdos de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, FIRMADO ENTRE LA EMPRESA CARREFOUR Y SU SINDICATO FETICO, el pasado 19 de julio del 2012. Prácticamente están entregados en su mayoría para empezar el próximo día 12 de Noviembre,  ante estos acontecimientos decimos:

1º. El Sindicato U.G.T, tanto por la parte de la representación a nivel Nacional como por parte de la sección sindical de U.G.T en Carrefour Cabrera hemos estado en contra de estos acuerdos que tal y como están planteados, no son la solución a la competitividad de la Empresa y solo provoca precarización, atenta contra la conciliación laboral y familiar de los trabajadores , rebaja sustancialmente la calidad del empleo y crea discriminaciones por nuestra parte inaceptables por lo cual no ha tenido nuestro apoyo a este acuerdo.
2º. Aun no habiendo tenido el apoyo y la firma favorable del resto de los sindicatos U.G.T., CCOO. Y FASGA, el acuerdo tiene validez legal ya que el “sindicato fetico” tiene la mayoría suficiente para  firmar en solitario, poder que se lo han otorgado los trabajadores de los Centros de trabajo en sus diferentes Elecciones Sindicales, para estas cosas también valen los votos.
3º. En las dos Reuniones realizadas en Carrefour Cabrera, la sección Sindical de U.G.T. ha manifestado su disconformidad con los planteamientos,  de todas maneras no han sido reuniones con voluntad de dialogo y negociación, ya que el acuerdo ya estaba escrito y  no ha habido posibilidad de debate, tan solo nos comunican el numero de personas que son afectadas distribuidas por sectores y secciones de frescos  teniendo en cuenta unos gráficos realizados por la empresa con las supuestas carga de trabajo y afluencia de clientes. En ningún caso nos informan de los horarios en concreto que se van aplicar escudándose en la reserva de la  intimidad del trabajador.
4º. En los próximos días esperamos recibir copia de los horarios y poder revisarlos y ver si realmente se ajustan a las necesidades que los firmantes han manifestados sobre cargas de trabajo y atención al cliente por lo que realizaremos el informe pertinente.
5º.De momento no vamos a comprender unas necesidades que no se han querido negociar abiertamente con el Comité de Empresa del Centro y han actuado sin transparencia y participación de los representantes de los trabajadores, presentándonos al final las actas ya preparadas antes de realizar la reunión, sin posibilidad de que conste manifiesto de las partes.
5º.Esperamos que se entienda cual es la responsabilidad de cada uno, los que firman son los que tendrían que explicar por que lo hacen, sin embargo están calladitos haber si no se nota y los trabajadores piensan que todo es por casualidad.
SEGUIREMOS INFORMANDO. 

miércoles, 3 de octubre de 2012

Ampliación horario Comercial Carrefour Cabrera


Convocados por la Dirección de Carrefour-Cabrera en Reunión Extraordinaria para tratar como único punto: Ampliación horario comercial. (ver acta)La Dirección nos informa de la decisión de adelantar la hora de apertura del Centro a las 9 h.a partir del Lunes 8 de Octubre 2012 y seguiremos cerrando a las 22h.

Por parte de la Sección Sindical de U.G.T. solicitamos que se dé cumplimiento a la Ley de Horarios comerciales de Cataluña del año 2004 que limita la apertura a 72 h. semanales, por lo menos hasta que se resuelva el conflicto competencial con el R.D.L. 20/2012 del PP.
Creemos que el no respeto por las leyes no es bueno y en particular esta acción abre las puertas para nuevas ampliaciones horarias tal y como sucede en otros Centros con horarios de 9 h. a las 23 h. que en estos casos sí que sería muy negativo para compatibilizar horarios laborales y vida familiar. Por otra parte las limitaciones que regula la Ley Autonómica sobre apertura de Festivos  pueden ser también ignoradas  ampliando los días de apertura de festivos, además de perder el derecho a finalizar la jornada de Noche Buena y Noche Vieja a las 20H. Todo esto es probable ya que con la excusa de la crisis. Quieren acabar con todo.
Manifestamos también en esta reunión, que en base a la apertura de la tienda a las 9 h. se modifica las cargas de trabajo, en este caso se amplia en las jornadas de mañanas y esto obviamente debería quedar reflejado a la hora de aplicar al Art. 41 (acuerdo de Fetico-Carrefour) en el sentido de que afecte a menos personas.
Por parte de la Dirección dice no poder atender ninguna de nuestras reivindicaciones.
Por lo que la Sección sindical U.G.T., firma un NO CONFORME, a las medidas de ampliar el horario comercial tratada en esta reunión del 3-9-2012.
A Fetico, como siempre todo le parece bien y amén.

viernes, 18 de marzo de 2011

Dos formas de aplicar el acuerdo de horarios en Carrefour.

Como todos estáis informados el 17 de febrero del 2011se hace entrega al Comité de Carrefour Cabrera de los horarios del personal para el periodo 2011-2012, la sección sindical de UGT hace su manifestación, contraria a la aplicación del acuerdo de intercentros 12/2009 que supuso una desregulación de la jornada aplicando el Art. 41 del ET. como modificación sustancial de la jornada. Pues bien revisando los horarios se puede observar como a delegados del sindicato Fetico no se les aplica este acuerdo que perjudica a todos los trabajadores y que según la Dirección es sagrado. Será para unos y no para otros que precisamente son de representantes de Fetico (sindicato de dice defender los “intereses de los trabajadores”) que casualidad.

Se evidencia de las manipulaciones y la tomadura de pelo, el sacrificio de todos los trabajadores, menos para los que firman y acuerdan estas posturas, merecen como mínimo una repulsa por parte de nosotros.

La Dirección nos dirá que no sabia, pero si que sabe lo cómodo se encuentran con un comité (mayoría de Fetico) que no le pide cuentas de nada. Por cierto que si acabamos la reforma sin ningún accidente grave será de milagro. La Seguridad y salud no parece importar mucho o casi nada. Y ley de Igualdad aun menos.

SEGUIREMOS INFORMANDO.

viernes, 30 de abril de 2010

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE EL ACUERDO DE HORARIOS DE CARREFOUR.


Estimados compañeros y compañeras, tras las anteriores sentencias del Corte, Alcampo, e Hipercor, en las que la Audiencia Nacional desestimo nuestras justas reivindicaciones con respecto a las barbaridades cometidas con la aplicación del convenio en materia de distribución de la jornada, nuevamente en el caso de Carrefour la Audiencia vuelve a no darnos la razón, a pesar de que desde nuestro punto de vista si la tenemos. Puesto que la aplicación del acuerdo alcanzado está suponiendo y va a suponer un grave perjuicio para los derechos e intereses de los trabajadores y trabajadoras de Carrefour, especialmente en el ejercicio de su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar. En este sentido os remitimos para vuestro conocimiento la sentencia de la Audiencia, y os comunicamos que recurriremos la misma ante el Supremo. Saludos y feliz Primero de Mayo.
En los Centros de Cataluña, esta demandado la impugnacion de los calendarios laborales, en los juzgados de lo Social de las zonas correspondientes, los diversos juicios estan fijados para el mes de Junio del presente.

miércoles, 14 de abril de 2010

FW: Juicio sobre el Acuerdo de modificación de horarios Carrefour

AYER  13 DE ABRIL 2010, TUVO LUGAR EN LA AUDIENCIA NACIONAL EL JUICIO SOBRE EL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE HORARIOS DE CARREFOUR FIRMADO POR FETICO Y FASGA CON LA PATRONAL.

POR OTRA PARTE EN CATALUNYA DONDE HEMOS INTERPUESTO CONFLICTO POR CENTRO DE TRABAJO YA SE REALIZARON LOS INTENTOS DE CONCILIACIÓN EN EL TRIBUNAL LABORAL DE CATALUNYA, QUE SE RESOLVIERON SIN ACUERDO Y LOS JUZGADOS YA ESTÁN SEÑALANDO FECHA PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS DISTINTOS JUICIOS


SEGUIREMOS INFORMANDO

GRACIAS POR EL APOYO QUE ESTAMOS RECIBIENDO DE TODOS LOS TRABAJADORES DE CARREFOUR



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