viernes, 18 de noviembre de 2011

U.G.T. solicitara el reconocimiento del nivel profesional dentro del grupo de profesionales a efectos del 01/01/2012.


Que a tenor de lo establecido en el art. 17 apartado 2.B 2. Sistemas y mecanismos en materia de reconocimiento de nivel del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, donde establece literalmente que tendrán derecho al reconocimiento especial  al grupo de profesionales de Nivel  aquellos trabajadores que :  ¨…A partir de 1 de enero de 2012, trabajadores del sector no adscritos a la función de venta personalizada que tengan una experiencia en el desempeño de sus funciones acreditada por su ejecución ininterrumpida en la Empresa o Grupo de empresas durante un mínimo de 10 años consecutivos dentro del Grupo de profesionales y que, durante esta experiencia profesional, participen habitualmente como monitores o formadores de otros empleados, en su función.¨.


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