jueves, 23 de septiembre de 2010

HOJA DE INFORMACION: HUELGA GENERAL DIA 29 DE SEPTIEMBRE 2010.


INFORMACION: HUELGA GENERAL DIA 29 DE SEPTIEMBRE 2010.

DIFUSION: TODOS LOS TRABAJADORES DE CARREFOUR-CABRERA

Esta reforma laboral es la ley más lesiva, dañina y de recorte de derechos laborales que hemos tenido en este país desde la democracia.
Solo en el apartado de extinciones de contrato (art. 2 de este Ley) merece por si solo una protesta de estas características. Y explicamos:
A partir de ahora (si no lo cambiamos) las Empresa podrán despedir a los trabajadores con 20 días por año y un máximo de 12 mensualidades (coste para la empresa 12 días por año los otros 8 días van a cargo del fondo de garantía salarial)
Estos son los llamados despidos objetivos y se podrán realizar justificando causas como:
-Resultados negativos ó reducción de beneficios ó previsión de resultados negativos (por ejemplo como nos encontramos actualmente en este Centro)
-Por razones técnica (por ejemplo implantación del scan-go,…)
-Por razones organizativas (Por ejemplo suprimir una sección….)
-Por razones producción (cambios en los métodos de trabajo,…)
-Por absentismo (por ejem. una baja de 10 días por gripe en un periodo de dos meses, cuando el absentismo de la empresa supere el 2,5% dato que se suele superar)
Estos despidos si son de carácter individual se tendrán que notificar con 15 días de antelación, si son colectivos habrá que iniciar consultas con los representantes de los trabajadores.
Si las empresas no quisieran recurrir a los despidos podrán acogerse al Art. 7 y realizar suspensiones o reducciones de las jornadas de forma colectivas de entre un 10 y un 70 % con las consiguientes reducciones de salario, todo ello solamente justificando motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción, sin necesidad de presentar ningún plan de viabilidad.

Ejemplo de aplicación de indemnizaciones con este tipo de extinciones de contratos fijos:
Un trabajad@r con 10 años de antigüedad y una base de cotización de 1300 €
Antes con 45 días por año 19.500 €
Ahora 8.660 € (de los cuales la empresa solo abona 5.220)
Un trabajador con 28 años de antigüedad y una base de 1500 €
Antes con 45 dias por año 63.000 €
Ahora 18.000 €.
La reducción que le supone a las Empresas es obviamente sustanciosas y demasiado atractivas si tenemos en cuenta que además hay subvenciones de hasta 4.200 € por nuevas contrataciones. casi se costea las indemnizaciones.
Hay otro apartado el art. 5 de modificaciones de las condiciones de trabajo donde se le da aun mas poder de actuación a las empresas para aplicar medidas de cambios, especialmente en movilidad geográfica.
Además de toda la extensa información que ya hemos repartido, pero queríamos hacer hincapié en los apartados anteriores.
No hay que olvidar que se está preparando la reforma de jubilación para retrasarla, crear otra fórmula de cálculo que reducirá la cuota, ampliar el minimo de derecho, etc.…
Por todo ello esta huelga era inevitable, esta huelga se debe de ganar.
Ante lo que nos viene encima, no podemos mirar para otro lado, nos interesa que nos tomen en cuenta y respeten los derechos que se ha conseguido con la lucha de la clase obrera.
Todos somos perjudicados y la huelga nos representa un gran esfuerzo pero desde la U.G.T. ESTAMOS CONVENCIDOS QUE CON PARTICIPACION HAREMOS REBOBINAR AL GOBIERNO Y MODIFICAR ESTA LEY. Como se consiguió en la huelga de 1988 con Felipe González o 2002 con Aznar y quede claro que las Huelgas no se hacen contra los Gobiernos o los Presidentes, se hacen contra un paquete de medidas que perjudica a la clase obrera, vengan de donde vengan.
Esta Ley no creara empleo cuando se facilita y abarata tanto el despido.
El dia 29 de Septiembre , secunda la huelga, hazlo por ti.
UN SALUDO
SECCION SINDICAL U.G.T.

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