Pese
al calado e importancia de los temas que iban a tratarse en el seno del Comité Intercentros, sorpresivamente se
ha suspendido la constitución del mismo, ya que presentados los resultados
electorales certificados por la Autoridad Laboral competente por parte de la
empresa y cuando se ha procedido al reparto de los puestos en función de
la representación registrada
oficialmente y validados legalmente los compañeros de CCOO han manifestado su
negativa a la constitución del mismo por entender que los datos de
representatividad a tener en cuenta no son los reconocidos por la
Administración Pública si no los arrojados en los procesos electorales pese a
estar impugnados
Desde
UGT entendemos que ante la impugnación de los procesos electorales producidos y
el criterio de la Administración de mantener la representación en función del
último proceso celebrado anterior a la impugnación y reconocido por la empresa no se puede pretender aplicar una doble
vara de medir en función de los intereses que se tengan dependiendo si
hablamos de un Comité de centro o del Intercentros.
Defender
el mantenimiento de los Comités impugnados anteriores para la gestión diaria y
no reconocerlos a efectos del reparto de puestos en el Intercentros no es
compatible: O un criterio u otro para poder garantizar el funcionamiento de la
representación de los trabajadores.
Esperemos
que se solucione pronto para poder trabajar en los distintos ámbitos de acción
sindical afectados desde la responsabilidad